COCHES
Novedad

Se reduce el cuadro de infracciones

  • No utilizar el casco para la moto resta 3 puntos.

CONCEPTOS QUE DETRAEN PUNTOS EN LA NUEVA LEY

CONCEPTOS

PUNTOS

Conducir con una tasa de alcohol superior

a la permitida:

Valores superiores a 50mg/l aire espirado conductores.

Valores de + 25 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años.

 

Valores superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l conductores.

Valores superiores a 0,15 mg/l y hasta 0,30 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años.

 

6

 

 

 

 

 

 

 

4

Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

6

Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

6

Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.

6

Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.

6

El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

6

La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el

normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

6

Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.

4

Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.

4

Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.

4

Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida

4

Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.

4

Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.

3

Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

4

No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.

4

No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.

4

Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.

3

No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.

3

Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

4

La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV.

 

 

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