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Los menores siempre en los asientos traseros

  • El incumplimiento acarrea una multa de 200 euros y 3 puntos de carné

El Reglamento General de Circulación introduce novedades a partir del 1 de octubre de 2015 en cuanto a la seguridad de los menores que viajen en el interior de los vehículos. El objetivo por un lado es concienciar de la importancia que tiene el uso de sistemas de seguridad infantil y lo que es más importante aumentar la probabilidad de que los niños salgan ilesos en caso de accidente. Este cambio del reglamento atañe al uso del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil homologados y la colocación de los menores en el interior de los vehículos.

El Reglamento en su artículo 117 'obliga' a utilizar, debidamente abrochados, a conductores y ocupantes de vehículos los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Además, 'prohibe' circular con menores de estatura igual o inferior a 135 cm situados en los asientos delanteros del vehículos salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto.

De no cumplirse lo que estipula el nuevo reglamento, los agentes de seguridad no sólo podrán llegar a inmovilizar el vehículo sino que será motivo de sanción con una multa de tráfico de 200 euros y pérdida de 3 puntos de carnet. La normativa, en su caso, contempla una serie de excepciones en los siguientes supuestos: Si el vehículo no dispone de asientos traseros, si todos los asientos traseros están ocupados también por menores de estatura igual o inferior a 135 cm o cuando los asientos traseros no sea posible instalar el sistema de retención infantil.

Respecto del uso del cinturón de seguridad, la ley contempla también excepciones, tales como maniobras de marcha atrás, por razones médicas o en el ejercicio de determinadas profesiones. Para recurrir una multa de tráfico dentro de las citadas situaciones, se tendrá que presentar la documentación pertinente que avala esa justificación y se podría retirar la denuncia.

Según el legislador, el objetivo de estos cambios es imponer como prioridad que el menor ocupe siempre el asiento trasero del vehículo, en el que la posibilidad de sufrir lesiones en caso de accidente es considerablemente menor. Según los datos de Tráfico en el año 2014 un 23 % de los fallecidos usuarios de turismos en carretera no utilizaban el cinturón de seguridad elevándose el porcentaje hasta el 30 % en el caso de las zonas urbanas.

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