Como adelantamos días atrás, este jueves 30 de enero la Comisión Permanente de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, órgano dependiente de la Dirección General de Deportes y de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, ha emitido una resolución sobre la medida cautelar que, mediante recurso, Miguel Ángel Toledo presentó para dejar sin efecto el nombramiento de Miguel Ángel Domínguez como nuevo presidente de la Federación de Automovilismo de Las Palmas (FALP).
José Luis Garín, presidente en funciones de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, firma esta resolución que ‘tumba’ esa solicitud de Toledo fechada el 14 de enero y que buscaba dejar sin efecto el nombramiento de Domínguez. Toledo alegó incompatibilidades para el desarrollo de la función de presidente de la FALP; e irregularidades en la convocatoria y celebración de la Asamblea del 11 de enero por “no ajustarse a las previsiones de los Estatutos de la Federación Canaria y Española de Automovilismo”.
La resolución recuerda que esta junta es competente en materia de mociones de censura de órganos de gobierno y representación de las federaciones deportivas y que, según el Reglamento de Funcionamiento de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, le corresponde resolver acerca de la suspensión de actos impugnados.
Señala que aunque Toledo basaba la solicitud de esa medida cautelar en incompatibilidades para acceder al cargo, no la fundamenta en ninguna de las dos causas que la normativa vigente permite a la junta suspender la ejecución del acto recurrido: “la existencia de unos perjuicios de imposible o difícil reparación para el recurrente si se ejecuta tal acto”.
Respecto a las supuestas irregularidades en la convocatoria y celebración de la Asamblea, la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte establece que aunque habla de ellas, lo hace “sin incardinarla en ninguno de los supuestos de nulidad de pleno derecho”.
Tras esta resolución, para que Domínguez sea, a todos los efectos, nuevo presidente de la FALP, la Dirección General de Deportes deberá ratificarlo mediante un certificado que, según fuentes consultadas por este medio, podría emitirse este viernes 31 de enero.
Este documento recuerda que la resolución es definitiva en la vía administrativa, pero que cabe recurso ante contencioso-administrativo ante el órgano correspondiente en un plazo de dos meses desde su notificación.